Perù: avanza la corruzione
Hace tres semanas aproximadamente el Congreso de la República sorprendió al país con la promulgación de la ley que beneficiaba directamente a los condenados por corrupción al equiparar el arresto domiciliario a la detención. Cuando el hecho fue denunciado los congresistas dijeron que habían sido sorprendidos y que la habían aprobado pensando en aquellos acusados de robar gallinas. Lo sorprendente es que la ley fue aprobada por unanimidad en un Congreso que hace cuatro años no se pone de acuerdo para elegir al Defensor del Pueblo.
El abierto cuestionamiento de la opinión pública y de los medios de comunicación exigió al presidente de la República que observara la ley promulgada. El encargó recayó en la Presidencia del Consejo de Ministros, en donde se elaboró una propuesta alternativa a aquella norma que beneficia a los Wolfenson, Bedoya, Bozzo, Montes de Oca, Toledo, entre otros connotados procesados y condenados por corrupción y otros delitos en agravio del Estado.
Todos sabemos que el presidente de la República no promulgó la ley, pero tampoco la observó. En buena cuenta se lavó las manos. Al respecto los hechos nos proponen dos hipótesis: 1) para el presidente más importa la tranquilidad de sus familiares que la lucha contra la corrupción; y 2) el presidente ha sido envuelto en el lobby de la corrupción. Ambas son realmente desastrosas en estos momentos en que vivimos virtualmente un proceso de liquidación de la lucha contra la corrupción.
Luego, como corresponde, la ley fue devuelta al Congreso de la República en donde con una envidiable celeridad fue finalmente promulgada y publicada el domingo 3 de julio en el diario El Peruano.
Lo que pretende la cuestionada norma es que al momento de la condena el tiempo en que el acusado ha permanecido bajo arresto domiciliario sea computado a razón de un día de arresto domiciliario por un día de pena. Lo cual les da a aquellos corruptos que hasta la fecha permanecen bajo dicha medida la inmensa posibilidad de salir libres casi inmediatamente. Pero además, con ello la norma también pretende equiparar dos instituciones del derecho procesal penal bastante diferentes como son la detención y comparecencia, de la cual se deriva el arresto domiciliario.
Hoy, el Congreso de la República se ha visto obligado a anunciar la revisión de la ley en la sesión del pleno que se llevará a cabo el jueves 7. Si bien algunos congresistas han reaccionado y han presentado diferentes proyectos para la modificación de la mencionada ley, lo cierto es que la obligación del Congreso es derogar la ley 28568, publicada el último domingo, y restituir la vigencia del artículo 47° del código penal.
En este asunto no se trata de establecer fórmulas (2 x 1 ó 5 x 1) con el objetivo de satisfacer a la opinión pública para establecer un cómputo de la pena (sumando el arresto domiciliario). No se trata de aceptar el "mal menor" frente al problema, porque de todas maneras se termina beneficiando a los corruptos, ya que algo que no se ha dicho es que las penas en los delitos de corrupción de funcionarios suelen ser menores y por lo tanto cualquier beneficio es decisivo para salir más rápido de la prisión.
Este es, sin duda, uno de los últimos momentos en que el Congreso tiene la oportunidad de hacer un gesto político a favor de la lucha contra la corrupción y de la vigencia del Estado de derecho. El jueves lo veremos.
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